Guía

Cuándo aplicar retención de IRPF

Quién retiene, quién no y qué tipo aplicar. Una guía práctica para saber si tu factura debe llevar retención.

La retención de IRPF confunde porque no siempre se aplica: depende de quién eres tú y de quién es tu cliente. La regla general es que retienen las facturas de profesionales cuando el cliente es una empresa o autónomo establecido en España.

Cuándo SÍ se aplica retención

  • Eres un profesional (actividad de la sección segunda del IAE: diseñadores, abogados, arquitectos, traductores, consultores…) y facturas a una empresa o a otro autónomo en España.
  • Determinadas actividades agrícolas, ganaderas o forestales, con tipos específicos (2 % o 1 %).
  • Algunos arrendamientos de inmuebles urbanos, que llevan retención del 19 %.

Cuándo NO se aplica retención

  • Facturas a un particular (consumidor final): nunca se retiene.
  • Facturas a un cliente de fuera de España (otro país de la UE o extracomunitario).
  • Si desarrollas una actividad empresarial (no profesional) en estimación directa, por regla general tus facturas no llevan retención, aunque factures a empresas.
Profesional vs. empresarial: la clave está en cómo estás dado de alta en el IAE. Un fotógrafo dado de alta como profesional retiene; una tienda de fotografía dada de alta como actividad empresarial, no. Ante la duda, revisa tu alta censal (modelo 036/037) o pregunta a tu asesor.

Qué tipo de retención aplicar

  • 15 %: tipo general para profesionales.
  • 7 %: tipo reducido para nuevos autónomos, durante el año de alta y los dos años naturales siguientes.
  • 2 % o 1 %: actividades concretas (agrícolas, ganaderas, algunos módulos).
Tres casos, tres respuestas

Diseñadora → agencia (empresa): retiene 15 % (o 7 % si es nueva autónoma).

Diseñadora → particular que le encarga una web personal: no retiene.

Diseñadora → empresa en Francia: no retiene (cliente fuera de España).

Cuando toque retener, calcula el importe con la calculadora de retención de IRPF o directamente en el generador de facturas, que resta la retención del total y la refleja en el PDF.

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